PC PUMA - Correo

Acceso a internet en diferentes partes de la facultad.


¿Cómo ingresar al correo institucional?

  • • Ingresa al sitio de Gmail
  • • El usuario será el número de cuenta o número de trabajador, con la extensión @pcpuma.acatlan.unam.mx
  • • La contraseña de primera vez será la fecha de nacimiento en formato Año, mes, día (AAAAMMDD). La cual deberás cambiar para iniciar sesiones posteriores.


Lineamientos de uso

  • Artículo 1. La finalidad de los presentes lineamientos es establecer la estructura, los objetivos académicos y el uso adecuado de las Cuentas de Correo Institucionales de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán (FES Acatlán).

    Artículo 2. Corresponde al Centro de Desarrollo Tecnológico (CeDeTec) de la misma, la obligación de dar seguimiento a las políticas generales ya establecidas y a la Facultad de generar las propias, así como de realizar actualizaciones de estas, haciéndolas del conocimiento de administradores y usuarios, realizando a su vez todo lo necesario para su puntual y cabal seguimiento.

    Artículo 3. El uso de las cuentas institucionales depende del servicio proporcionado por Google para la Educación y se encuentran protegidas en primer lugar por sus propios lineamientos, términos y condiciones de servicio, con quien la Facultad tiene acuerdo.

    Artículo 4. El uso de las cuentas también se encuentra acotado por la normativa de uso de la propia Universidad Nacional Autónoma de México y por la de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán.

    Artículo 5. Las cuentas institucionales son parte de un servicio concebido como una herramienta tecnológica con propósitos institucionales que se encuentran destinados a la academia, la investigación y la difusión de la cultura y que determinan la exclusividad del uso de los recursos dentro la FES Acatlán y sólo son permisibles para estos propósitos.

    Definiciones generales

    Artículo 6. Para efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

    1. CeDeTec: Centro de Desarrollo Tecnológico, responsable de brindar el servicio.
    2. Usuario: Estudiante o profesor quien hace uso del servicio de correo electrónico institucional.
    3. Estudiantes: Alumnos inscritos en el semestre en curso de la FES Acatlán.
    4. Profesores: Académicos en activo de la FES Acatlán.
    5. Funcionarios: Personal académico-administrativo en activo de la FES Acatlán.

    Definiciones particulares

    Artículo 7. Para efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

    1. Cuenta institucional: Cuenta de correo electrónico de la Facultad bajo el dominio @pcpuma.acatlan.unam.mx y @acatlan.unam.mx.
    2. Depuración: Proceso de limpieza y eliminación definitiva de las cuentas de correo institucionales asignadas.
    3. Suspensión: Bloqueo temporal del acceso a la cuenta de correo institucional.
    4. Almacenamiento: Cuota o espacio asignado a cada cuenta institucional según el tipo de usuario acreditado. Este espacio incluye tanto los correos electrónicos y archivos adjuntos como todo el contenido del Drive asociado.
  • Artículo 8. La FES Acatlán es responsable de proporcionar las cuentas institucionales a los estudiantes y profesores con número de cuenta o número de trabajador UNAM vigente.

    Artículo 9. Las cuentas institucionales también pueden ser proporcionadas, a través de las instancias académicas responsables, temporalmente a los

    1. Profesores contratados por actividad académica
    2. Estudiantes inscritos en cursos temporales, extraordinarios largos, movilidad estudiantil, idiomas, educación continua o extensión cultural

    Artículo 10. La cuenta institucional es personal, única e intransferible.

  • Artículo 11. Las cuentas institucionales tienen una vigencia equivalente a la duración de:

    1. Estudiante: la inscripción regular en su licenciatura o posgrado, dejando de estar vigentes al término de estos.
    2. Profesores: su permanencia en la UNAM de acuerdo con su contrato, y deja de estar vigente al término de esta.

    Artículo 12. Las cuentas institucionales temporales tienen una vigencia de una sola actividad académica y se deben renovar por las instancias organizadoras responsables a través de los procesos acordados con ellas.

    Artículo 13. Las cuentas institucionales que no se utilicen en 6 meses se suspenderán y si al séptimo mes siguen sin uso, se depurarán.

  • Artículo 14. Los usuarios son responsables del contenido que almacenen en sus cuentas, asegurándose de cumplir siempre el uso institucional, respetar el almacenamiento asignado y aplicar las mejores prácticas del uso del Drive, ya sea académico o de investigación.

    Artículo 15. Las cuentas no se pueden usar para fines personales, de trabajo o de entretenimiento (fuera de la academia o investigación), esto es realizar compras, almacenar: música, fotografías, videos, películas, libros, artículos, imágenes, audios, entre otros tantos tipos de archivos, que sean de propiedad intelectual distinta a la del usuario de la cuenta institucional.

    Artículo 16. Las cuentas institucionales no se deben utilizar para envíos masivos de correo electrónico no autorizados. Esto incluye, pero no se limita a, el envío de publicidad no solicitada, mensajes en cadena, correos electrónicos comerciales o cualquier otra forma de comunicación masiva que no esté relacionada con las actividades académicas o administrativas de la institución.

    Artículo 17. El usuario no transmitirá a través del correo electrónico ningún tipo de material ilegal, de acoso, difamatorio, abusivo, amenazador, nocivo, vulgar, obsceno o de cualquier otra forma censurable.

    Artículo 18. Cuando se detecte un uso no aceptable, se suspenderá la cuenta del usuario involucrado de manera inmediata, temporal o permanente.

  • Artículo 19. Cuando se detecte que las cuentas institucionales – por la cantidad de almacenamiento utilizado fuera de la estadística normal de uso – se excedan, se solicitará una auditoría y, si se encuentra fuera del uso institucional, se avisará al usuario para que descargue lo procedente.

    Artículo 20. Si la descarga y borrado de dichos archivos no se realiza en los 5 días naturales siguientes de recibido el aviso, se suspenderá la cuenta inmediatamente.

    Artículo 21. La cuenta pasará al proceso de depurado total al sexto día, de no cumplirse lo anterior.

  • Artículo 22. El correo electrónico institucional proporcionado por la FES Acatlán está sujeto al acuerdo de uso con Google, por lo que cualquier cambio en el servicio ofrecido, depende del uso internacional y nacional que se lleve a cabo y sus políticas de uso, términos y condiciones, las cuales pueden cambiar de un momento a otro. Por lo que la Facultad solo se puede hacer responsable por mantener los archivos académicos y de investigación.

    Artículo 23. Si por causas ajenas y externas se pierde información personal, el usuario es el único responsable de esa pérdida, por no haber seguido los lineamientos de uso de las cuentas institucionales.

    Artículo 24. La información se considera privada, a menos que el dueño renuncie expresamente a sus derechos. Por lo tanto, no se acepta el acceso a la información sin la autorización del propietario de los derechos sobre estos.

    Artículo 25. Lo no previsto en los presentes lineamientos será resuelto por la Coordinación de Servicios Académicos y notificado por escrito a los diversos actores.

    Artículo 26. La interpretación de estos lineamientos quedará a cargo de la Oficina Jurídica de la Facultad.

    Artículo 27. Los presentes lineamientos podrán ser modificados total o parcialmente por el Consejo Técnico de la FES Acatlán.

  • Artículo 28. La Mesa de Ayuda helpdesk@pcpuma.acatlan.unam.mx está dedicada exclusivamente a la resolución de problemas de acceso a las cuentas de correo @pcpuma.acatlan.unam.mx y para aclarar dudas sobre su funcionamiento.

    Artículo 29. La Mesa de Ayuda tiene un:
    Horario de atención de
    • lunes a viernes de 9:00 a 20:00 horas
    • sábados de 9:00 a 14:00 horas
    Tiempo máximo de respuesta de 24 horas.

  • Artículo 30. La ayuda de los 21 sistemas de cómputo (como Sócrates y Gradus) de la FES Acatlán se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://sistemas.acatlan.unam.mx/FesaDsi/Web/Formularios/wFrmBuzonSistemas.aspx. En este enlace, los usuarios solo necesitan acceder a cada sistema y consultar en la parte derecha con quién deben comunicarse para resolver su inquietud.

    Artículo 31. La ayuda de SEA se encuentra disponible en: https://sea.acatlan.unam.mx/local/staticpage/view.php?page=soportetecnico. En este enlace, los usuarios solo necesitan escribir directamente a los correos electrónicos de atención a alumnos y profesores.

  • Artículo 32: El espacio del Drive Institucional ha quedado limitado por las políticas de uso de Google que entraron en vigor en julio de 2022. Por lo tanto, es importante aprovechar la cuota o almacenamiento asignado siguiendo las siguientes mejores prácticas.

    Archivos

    Artículo 33: No almacenar archivos de propiedad intelectual ajena al usuario, como son:

    1. Obras musicales y audiovisuales: canciones, obras teatrales, videos.
    2. Obras literarias: libros, publicaciones, revistas de escritores, investigadores y grupos de investigación.
    3. Interpretaciones y ejecuciones de obras: recitales, adaptaciones de obras literarias, traducciones.
    4. Fonogramas.
    5. Emisiones de radiodifusión: retransmisión y grabación de emisiones, difusión de música.
    6. Programas y juegos de computación (software): código fuente.
    7. Bases de datos.

    Artículo 34: Almacenar solo archivos de autoría propia del usuario para sus actividades académicas sustanciales.

    Artículo 35: No subir archivos de audio o video, aunque sean de autoría propia.

    Artículo 36: Subir los audios o videos que se quieran compartir en un canal de YouTube y trabajar con el enlace correspondiente.

    Artículo 37: No subir y guardar archivos, fotografías e imágenes personales.

    Artículo 38: Mantener organizados los archivos que se van a utilizar durante el semestre, de acuerdo con una calendarización de actividades académicas que permita tenerlos en tiempo y forma para las presentaciones o entregas programadas.

    Unidades Compartidas

    Artículo 39: Utilizar el correo institucional solo para las actividades indicadas en el Artículo 5.

    Artículo 40: Enviar siempre los correos como copia oculta para no distribuir el correo de los demás y vulnerar su cuenta.

    Artículo 41: Leer y depurar los correos continuamente.

    Artículo 42: Eliminar los correos SPAM o promocionales que vayan llenando la bandeja.

    Artículo 43: Bloquear los correos no deseados.

    Artículo 44: Revisar los correos con archivos adjuntos, descargar los que se necesitan y borrarlos.

    Artículo 45: Mantener los correos organizados hasta 4 años atrás, sin archivos adjuntos, si se requiere mantener el historial y registro.

    Correos Electrónicos

    Artículo 46: Revisar si se están utilizando carpetas compartidas.

    Artículo 47: Transferir la propiedad a quien se va a quedar con ella (si se proporciona ayuda relacionada con el uso de unidades compartidas, a algún otro usuario).

    Artículo 48: Depurar las carpetas de las unidades compartidas de acuerdo con los límites de almacenamiento y vigencia establecidos en estos lineamientos.

    Generales

    Artículo 49: Respaldar constantemente lo que se quiera conservar en una unidad de almacenamiento externa para evitar pérdidas irrecuperables.

    Artículo 50: Mantener en una unidad de almacenamiento externa el resguardo y control del historial de archivos y correos; personales y oficiales, anteriores y vigentes.

  • Artículo 51. Estos lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el órgano informativo de la FES Acatlán.

    Artículo 52. Estos lineamientos dejan sin efecto cualquier disposición similar expedida con anterioridad.


Preguntas frecuentes